Reglamento de uso de inteligencia artificial generativa

Revista Científica DUTI

Artículo 1. Objeto y alcance

1.1 Objeto

La presente reglamentación tiene por objeto establecer los principios, criterios, condiciones, límites y responsabilidades aplicables al uso de herramientas de inteligencia artificial generativa en el ámbito de la Revista Científica DUTI. Su finalidad es resguardar la integridad científica, la transparencia del proceso académico, la confidencialidad de los manuscritos y la responsabilidad de todas las personas que intervienen en la evaluación y eventual publicación de trabajos presentados en las Jornadas DUTI.

1.2 Carácter obligatorio para manuscritos incorporados a la Revista

Las disposiciones de esta reglamentación tendrán carácter obligatorio para toda actuación de evaluación, revisión, dictamen, recomendación, edición o decisión vinculada con manuscritos que resulten incorporados al proceso editorial de la Revista Científica DUTI. Esta obligatoriedad rige aun cuando dichas actuaciones se hubieren iniciado en la instancia previa de evaluación para su exposición en las Jornadas DUTI. En consecuencia, una vez que un manuscrito sea aceptado para su consideración por la revista, la obligatoriedad de esta reglamentación se entenderá aplicable desde el ingreso del trabajo al Comité Académico Evaluador y abarcará todas las intervenciones realizadas respecto de su aceptación para exposición y de su recomendación para eventual publicación.

1.3 Carácter recomendatorio para las Jornadas DUTI

Respecto de los manuscritos que no ingresen al proceso editorial de la Revista Científica DUTI, las disposiciones del presente reglamento constituirán criterios recomendatorios para la actuación de los evaluadores en el ámbito de las Jornadas DUTI.

1.4 Extensión de la obligatoriedad por convenio específico

Cuando exista convenio específico entre la facultad organizadora de la Jornada DUTI y la Facultad de Ciencias Económicas y Estadística de la Universidad Nacional de Rosario, la obligatoriedad de estas disposiciones se extenderá a la totalidad del proceso de evaluación. En ese caso, regirá desde el ingreso del manuscrito al Comité Académico Evaluador, con independencia de su posterior incorporación o no al circuito editorial de la revista.

1.5 Sujetos comprendidos

Quedan comprendidos en esta reglamentación los autores y coautores de los trabajos presentados, los integrantes del Comité Académico Evaluador, las autoridades editoriales de la Revista Científica DUTI y toda otra persona que, por razón de sus funciones, acceda a manuscritos, dictámenes, comunicaciones, datos o materiales vinculados con el proceso aquí regulado.

Artículo 2. Principios rectores

2.1 La decisión humana como principio rector

La Editorial de la Revista DUTI adopta como criterio rector la preservación de la decisión humana como acto indelegable. El eje regulatorio no es la mera presencia de herramientas de inteligencia artificial generativa (IAG), sino garantizar que la responsabilidad final por el contenido, los informes y las decisiones recaiga siempre sobre personas identificables que la asuman de manera explícita.

Desde esta base se formulan dos reglas de alcance general:

  • El uso aceptable de IAG es iterativo y crítico.
  • El uso no aceptable consiste en delegar sin revisión.

Ambas reglas permiten distinguir entre una asistencia instrumental legítima y una sustitución impropia del juicio profesional.

2.1.1 Uso aceptable: iterativo y crítico

Se considera aceptable el uso de IAG cuando la persona evaluadora, editora o autora mantiene un control crítico permanente sobre las salidas de la herramienta. Ese control se manifiesta cuando la persona:

  • formula instrucciones específicas,
  • contrasta respuestas,
  • corrige propuestas,
  • descarta formulaciones inadecuadas, y
  • adopta por sí misma la versión final de la observación, del dictamen o de la modificación editorial.

En este marco, la IAG puede cumplir una función instrumental útil: sugerir redacciones, reorganizar argumentos, proponer alternativas de formulación, resumir segmentos del manuscrito o ayudar a explicitar una sección implícita en el texto. Incluso en esos casos, debe subsistir la responsabilidad humana sobre la versión final; la asistencia admitida no equivale a creación autónoma de contenido decisorio.

El rasgo distintivo del uso aceptable no es la cantidad de texto procesado ni la extensión del intercambio con la herramienta, sino la existencia de una secuencia de revisión y decisión humana. Cuando la persona utiliza la IAG para poner a prueba hipótesis, solicitar variantes de justificación, mejorar la expresión de observaciones ya elaboradas o estructurar una metodología inferida a partir del manuscrito, la herramienta opera como asistencia bajo conducción humana y no como sustituto del criterio profesional.

2.1.2 Uso no aceptable: delegar sin revisión

Se considera no aceptable el uso de IAG cuando la persona entrega a la herramienta el manuscrito completo, o partes sustantivas de este, para que produzca por sí sola:

  • un dictamen,
  • una recomendación editorial,
  • una fundamentación de rechazo o aceptación, o
  • una reconstrucción metodológica,

que luego se adopta sin revisión suficiente. En ese supuesto, lo que desaparece no es la lectura material del documento, sino la decisión humana como instancia de juicio y responsabilidad.

La delegación sin revisión vacía de contenido la función evaluativa o editorial. Si la persona acepta una salida de la IAG sin someterla a contraste crítico, sin reelaborarla y sin asumir la decisión como propia, la herramienta deja de ser asistencia y pasa a ocupar indebidamente el lugar del evaluador o del editor.

2.2 La confidencialidad de los manuscritos inéditos

Todo manuscrito inédito sometido a consideración editorial constituye un documento confidencial. Su tratamiento exige resguardo, prudencia y responsabilidad por parte de todas las personas que intervienen en el proceso de recepción, evaluación, edición y publicación. Los estándares de confidencialidad en la comunicación científica se apoyan en el deber de reserva de autores, editores y revisores, y en la obligación de tratar los manuscritos como comunicaciones confidenciales o privilegiadas.

Se reconoce que ningún soporte ni entorno de circulación, sea físico o digital, ofrece una garantía absoluta de invulnerabilidad frente al acceso, la copia, la difusión o el uso indebido de un manuscrito inédito. El correo electrónico, las plataformas editoriales y otros medios de transmisión y almacenamiento pueden presentar puntos de vulnerabilidad. Por ello, la protección efectiva no depende de una seguridad perfecta, sino de:

  • la delimitación de canales autorizados,
  • el establecimiento de deberes de confidencialidad,
  • la implementación de mecanismos de control, y
  • la atribución clara de responsabilidades.

El uso de herramientas de IAG no debe plantearse como una aceptación o prohibición abstracta de la tecnología, sino como un problema de gobernanza editorial. Lo relevante es determinar:

  • si la herramienta está expresamente autorizada,
  • en qué condiciones puede utilizarse,
  • qué resguardos de seguridad y confidencialidad ofrece, y
  • quién asume responsabilidad por su uso dentro del proceso editorial.

Estos interrogantes son equivalentes a los que se plantean respecto de cualquier otro instrumento de trabajo ya incorporado a la práctica editorial, donde también existen riesgos técnicos que se gestionan mediante reglas y responsabilidades, no mediante prohibiciones absolutas.

En consecuencia, la incorporación de herramientas de IAG al circuito editorial, ya sea por parte de autores, revisores o integrantes del equipo editorial, solo puede considerarse legítima cuando exista una definición institucional expresa sobre sus:

  • finalidades,
  • alcances,
  • límites,
  • condiciones de uso, y
  • criterios de trazabilidad.

En ausencia de tal incorporación formal, su uso puede implicar la intervención de terceros o entornos no autorizados en el tratamiento de manuscritos inéditos y, por ello, comprometer la confidencialidad, la integridad del proceso de evaluación y la adecuada distribución de responsabilidades.

Artículo 3. Definiciones básicas

A los efectos de la presente reglamentación, se entenderán los siguientes conceptos:

3.1 Manuscrito

Todo artículo, trabajo, ponencia, versión corregida, anexo, tabla, imagen, base de datos, dictamen, comunicación o material complementario presentado en el marco de las Jornadas DUTI o remitido posteriormente a la Revista Científica DUTI dentro del circuito aquí regulado.

3.2 Inteligencia artificial generativa

Todo sistema, aplicación, plataforma o herramienta tecnológica capaz de producir, transformar, resumir, traducir, reorganizar, clasificar o generar contenidos textuales, gráficos, sonoros, audiovisuales o analíticos a partir de instrucciones, datos, documentos o materiales suministrados por una persona usuaria.

3.3 Herramienta de inteligencia artificial generativa autorizada

Aquella que, al momento de su utilización en el proceso editorial, opera bajo una licencia institucional, empresarial o profesional paga que garantice contractualmente, como mínimo, las siguientes condiciones:

  • Cifrado: los datos transmitidos e ingresados en la herramienta se encuentran protegidos mediante cifrado en dos momentos concurrentes:
    • En tránsito: la información viaja encriptada entre el dispositivo del usuario y los servidores del proveedor, de modo que no pueda ser interceptada ni leída durante su transmisión por la red.
    • En reposo: la información almacenada en los servidores del proveedor se encuentra encriptada, de modo que no resulte accesible a terceros aun cuando accedan físicamente o de manera remota al sistema de almacenamiento.
      El cifrado solo en tránsito o solo en reposo no satisface este requisito; ambas condiciones deben cumplirse de manera concurrente.
  • No entrenamiento: los contenidos ingresados por el usuario no son utilizados por el proveedor para el entrenamiento, ajuste o mejora de sus modelos de inteligencia artificial, salvo consentimiento expreso en contrario.
  • Retención controlada: el proveedor define condiciones claras y verificables sobre el plazo y las condiciones de conservación o eliminación de los datos ingresados.
  • Trazabilidad: el uso realizado puede ser identificado, auditado o reconstruido en el marco del proceso editorial, de modo que resulte posible atribuir responsabilidades en caso de uso indebido.

El cumplimiento concurrente de estas cuatro condiciones, acreditado mediante las condiciones contractuales del servicio, determinará que una herramienta sea considerada autorizada a los efectos del presente reglamento. En ausencia de alguna de ellas, la herramienta no podrá ser utilizada sobre manuscritos inéditos ni sobre información confidencial del proceso editorial.

3.4 Circuito académico-editorial

El conjunto de personas, órganos, funciones, procedimientos, canales, medios y herramientas expresamente autorizados para la presentación de trabajos a las Jornadas DUTI, su evaluación por el Comité Académico Evaluador, su eventual consideración por la Revista Científica DUTI, su arbitraje editorial y su publicación final.

3.5 Uso iterativo y crítico

Modalidad de uso de herramientas de IAG caracterizada por una secuencia de intercambios sucesivos entre la persona usuaria y la herramienta, en la que aquella formula instrucciones, evalúa las respuestas obtenidas, las contrasta con su propio criterio, corrige o descarta lo que no satisface sus estándares y adopta decisiones propias en cada etapa del proceso. El uso iterativo y crítico se distingue de la delegación por la presencia activa del juicio humano a lo largo de todo el intercambio y no solo al momento de recibir una respuesta final.

3.6 Control crítico

Capacidad de la persona evaluadora, editora o autora de revisar, cuestionar, reformular y decidir sobre las salidas producidas por una herramienta de IAG, sin aceptarlas de manera acrítica ni adoptarlas como propias sin mediación intelectual suficiente. El control crítico implica que la persona puede explicar y fundamentar las decisiones adoptadas con asistencia de la herramienta, y que asume plena responsabilidad por el resultado final.

3.7 Declaración de uso de inteligencia artificial generativa

Comunicación expresa que el autor, evaluador o integrante del equipo editorial realiza ante la instancia correspondiente del circuito académico-editorial, informando que utilizó una herramienta de IAG en el proceso de elaboración, evaluación o edición de un manuscrito. La declaración deberá indicar, como mínimo, la herramienta empleada, la finalidad de su uso, el alcance concreto de la asistencia recibida y, en el caso de autores, el rol CRediT en el que dicha asistencia fue utilizada.

Artículo 4. Autoría y declaración de contribuciones

4.1 Marco de referencia

La definición de autoría adoptada por la Revista Científica DUTI toma como marco rector los criterios elaborados por el International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE) y se articula operativamente con la taxonomía CRediT, de adopción obligatoria para la declaración de contribuciones.

4.2 Condiciones de autoría

Será considerado autor o coautor toda persona humana que reúna conjuntamente las siguientes condiciones:

  • haber realizado una contribución sustancial a la concepción o diseño del trabajo, o a la obtención, análisis o interpretación de los datos;
  • haber participado en la redacción del manuscrito o en su revisión crítica con aportes intelectualmente relevantes;
  • haber aprobado expresamente la versión final presentada en el marco de las Jornadas DUTI y, en su caso, la versión remitida a la Revista Científica DUTI para evaluación o publicación; y
  • asumir responsabilidad por la integridad, exactitud y confiabilidad del trabajo, comprometiéndose a responder por cualquier cuestión vinculada con cualquiera de sus partes.

Todas las personas designadas como autoras deberán reunir la totalidad de estos requisitos. Quienes no los satisfagan íntegramente no deberán figurar como autores, sin perjuicio de poder ser reconocidos como colaboradores o mencionados en agradecimientos, cuando corresponda.

4.3 Taxonomía CRediT

La Revista Científica DUTI adopta obligatoriamente la taxonomía CRediT como sistema de identificación y declaración de las contribuciones específicas realizadas en la elaboración de los manuscritos. Los catorce roles previstos por dicha taxonomía describen los tipos de aportes efectuados por autores y otros contribuyentes, pero no determinan por sí mismos la condición de autoría.

4.4 Exclusión de la IAG como autora

Las herramientas de inteligencia artificial generativa no podrán ser reconocidas como autoras, coautoras ni titulares de roles CRediT. Su exclusión se funda en la ausencia de personalidad humana y en la imposibilidad de asumir responsabilidad académica, ética o jurídica sobre el contenido del manuscrito.

Artículo 5. Uso de inteligencia artificial generativa por autores

5.1 Admisibilidad general

La utilización de herramientas de inteligencia artificial generativa por parte de autores y coautores podrá admitirse como asistencia instrumental en la elaboración del manuscrito, siempre que:

  • sea compatible con la definición de autoría adoptada por la revista,
  • no sustituya la responsabilidad humana sobre el trabajo, y
  • sea declarada en la forma prevista en el presente artículo.

5.2 Declaración de uso

Los autores deberán declarar de manera expresa, precisa y suficiente todo uso sustantivo de IAG que haya incidido en la elaboración del manuscrito. La declaración deberá indicar, como mínimo:

  • la herramienta utilizada,
  • la finalidad de su empleo,
  • el alcance concreto de la asistencia recibida, y
  • el rol CRediT o tipo de contribución en el que dicha asistencia fue utilizada.

5.3 Alcance de la asistencia según rol CRediT

La admisibilidad del uso de IAG se regirá por la correspondencia entre los roles de contribución definidos por la taxonomía CRediT y el alcance de asistencia tecnológica en cada uno de ellos. En todos los casos, el titular de cada rol CRediT es la persona autora. La asistencia con IAG declarada en el cuadro siguiente refiere al uso de la herramienta en el ejercicio de ese rol, sin que ello modifique la titularidad humana de la contribución ni la responsabilidad que de ella deriva.

Rol CRediTAsistencia con IAG
ConceptualizaciónAdmitida como apoyo para ordenar, explorar, reformular o estructurar ideas, hipótesis, problemas u objetivos que los autores ya elaboraron. La formulación sustantiva de las ideas centrales del trabajo debe ser propia de los autores.
Curación de datosAdmitida como apoyo técnico para ordenar, etiquetar, normalizar o estructurar datos, bajo revisión humana estricta. La selección, omisión, alteración o reinterpretación de datos de investigación debe ser decidida por los autores.
Análisis formalAdmitida como apoyo instrumental o exploratorio. El análisis experto y la interpretación académica de los resultados deben ser realizados y asumidos por los autores.
Adquisición de financiamientoAdmitida para apoyo administrativo o de redacción no sustantiva. La justificación o atribución de esta contribución debe ser formulada por los autores.
InvestigaciónAdmitida en tareas auxiliares de organización o sistematización de materiales. La actividad intelectual, empírica, experimental, observacional o documental propia del trabajo debe ser realizada por los autores.
MetodologíaAdmitida como apoyo para explorar alternativas metodológicas o ayudar a explicitar y redactar el diseño a partir de lo que los autores realizaron. La definición del diseño metodológico debe ser adoptada y asumida por los autores.
Administración del proyectoAdmitida como apoyo operativo para cronogramas, planificación, organización y seguimiento, siempre que la conducción del proyecto permanezca bajo responsabilidad humana.
RecursosAdmitida para apoyo descriptivo no sustantivo. La atribución y justificación de aportes vinculados con provisión de materiales, infraestructura, participantes o bases documentales debe ser formulada por los autores.
SoftwareAdmitida para generación preliminar, depuración, documentación, explicación o mejora de código, siempre que los autores revisen, validen y asuman íntegramente el software utilizado o desarrollado.
SupervisiónAdmitida como apoyo organizativo o de registro. La conducción, orientación y control académico del trabajo debe ser ejercida por personas humanas y no puede delegarse en la herramienta.
ValidaciónAdmitida como apoyo auxiliar para verificación instrumental o formal. La confirmación de resultados, procedimientos o hallazgos debe ser realizada y asumida por los autores.
VisualizaciónAdmitida para apoyo en diseño gráfico, esquematización o mejora de presentación visual, siempre que los autores verifiquen que las representaciones producidas son fieles a los datos y resultados del trabajo.
Redacción – borrador originalAdmitida como apoyo en redacción, reformulación lingüística, traducción o estructura expositiva, siempre que los autores revisen críticamente el contenido generado y asuman como propia la versión final presentada.
Redacción – revisión y ediciónAdmitida para corrección de estilo, claridad, gramática, traducción y mejora formal del texto, bajo revisión, aceptación y responsabilidad final de los autores.

5.4 Responsabilidad de los autores

La utilización de IAG en los términos del cuadro precedente no exime a los autores de su responsabilidad plena sobre la originalidad, exactitud, verificabilidad, integridad metodológica y calidad académica del manuscrito, ni altera la obligación de aprobar la versión final y responder por su contenido.

Los autores deberán declarar de manera completa y veraz el uso realizado, revisar críticamente todo resultado asistido por IAG y asumir como propias las decisiones intelectuales del trabajo. La omisión deliberada de la intervención de la herramienta o la incorporación de resultados no revisados constituirá incumplimiento de las disposiciones del presente reglamento.

5.5 Protección de datos sensibles

Cuando el manuscrito contenga datos personales, datos sensibles, información confidencial o materiales sometidos a restricciones de acceso o uso, los autores solo podrán emplear herramientas de IAG en condiciones compatibles con su adecuada protección y con las reglas del circuito académico-editorial habilitado para la Jornada DUTI y la Revista Científica DUTI.

5.6 Consecuencias del incumplimiento

La omisión de la declaración exigida, la declaración falsa o incompleta, o el uso de IAG en contradicción con la tabla de roles y con las demás disposiciones del presente reglamento podrá dar lugar a:

  • el requerimiento de aclaraciones,
  • la reformulación del manuscrito,
  • su exclusión del proceso de evaluación,
  • la no incorporación al circuito editorial de la revista, o
  • la adopción de otras medidas académicas y editoriales que correspondan.

Artículo 6. Uso de inteligencia artificial generativa por parte de evaluadores

6.1 Responsabilidad del evaluador

La persona evaluadora es plenamente responsable del contenido de su dictamen, de sus observaciones y de la recomendación editorial que formule respecto del manuscrito sometido a evaluación. El uso de herramientas de inteligencia artificial generativa solo podrá admitirse como asistencia instrumental bajo control crítico de la persona evaluadora y nunca como sustitución de su decisión profesional.

6.2 Confidencialidad como condición central

El manuscrito recibido para evaluación tiene carácter confidencial y debe ser tratado como documento reservado o privilegiado. Esta condición determina el marco dentro del cual cualquier uso de IAG resulta admisible: la persona evaluadora solo podrá incorporar el contenido del manuscrito, total o parcialmente, en herramientas que reúnan las condiciones de herramienta autorizada definidas en el Artículo 3. Fuera de ese marco, no estará permitido el ingreso de manuscritos inéditos, ni de partes sustantivas de ellos, en entornos, plataformas o herramientas que no satisfagan dichas condiciones.

6.3 Uso aceptable e inaceptable

La determinación de lo que constituye uso aceptable e inaceptable de IAG por parte de la persona evaluadora se rige por los principios establecidos en el Artículo 2. En particular, será aceptable el uso iterativo y crítico bajo control humano permanente, y no será aceptable la delegación sin revisión suficiente del juicio evaluativo. La recomendación de aceptación, rechazo, revisión o modificación del manuscrito deberá ser siempre resultado de una valoración humana propia, fundada e indelegable.

6.4 Cuadro de actividades y condiciones de uso

El cuadro siguiente establece la correspondencia entre las actividades propias del proceso de evaluación y las formas y condiciones de asistencia con IAG. Tiene carácter interpretativo y debe leerse de conformidad con los principios del Artículo 2 y las condiciones de confidencialidad del presente artículo.

Actividad del evaluadorAsistencia con IAGCondiciones de uso
Organizar la evaluaciónGenerar una guía de lectura, una matriz de revisión o una secuencia de trabajo para analizar el manuscrito.Herramienta autorizada (ver nota). Decisión final humana.
Leer y analizar el manuscritoCargar el manuscrito completo o parcial para resumirlo, identificar temas, localizar fortalezas, debilidades, vacíos argumentales o problemas metodológicos.Herramienta autorizada (ver nota). Decisión final humana.
Formular observacionesSolicitar propuestas de observaciones, preguntas críticas, objeciones o sugerencias de mejora sobre el contenido del manuscrito.Las observaciones sugeridas deben ser evaluadas, reformuladas y asumidas por la persona evaluadora.
Redactar el dictamenPedir borradores, versiones alternativas o distintas formulaciones del dictamen evaluativo.El dictamen final debe ser revisado, validado y decidido por la persona evaluadora; la IAG no sustituye la responsabilidad del juicio emitido.
Fundamentar la recomendaciónSolicitar propuestas de fundamentación para aceptación, rechazo o pedido de modificaciones.La fundamentación solo es admisible si la persona evaluadora la contrasta críticamente y adopta como propia la versión final.
Mejorar la expresión del informeCorregir estilo, claridad, tono, cohesión, traducción o síntesis del dictamen.Intervención limitada a mejora expresiva o reorganización; el contenido sustantivo debe ser igualmente revisado y decidido por el evaluador.
Comparar versionesAnalizar diferencias entre versión original y corregida, e identificar si las observaciones previas fueron atendidas.La comparación automatizada sirve como apoyo; la valoración de suficiencia de los cambios corresponde al evaluador.
Elaborar recomendación editorialObtener apoyo para estructurar escenarios de decisión o redactar sus fundamentos.La recomendación editorial nunca es automática: debe surgir de decisión humana expresa, fundada e indelegable.
Tratar información confidencialUtilizar IAG sobre manuscritos inéditos, datos, tablas o anexos sometidos a evaluación.Herramienta autorizada (ver nota). Decisión final humana.

Nota: cuando la actividad implique el tratamiento de manuscritos inéditos o partes de ellos, rigen siempre las condiciones de herramienta autorizada: cifrado en tránsito y en reposo, no entrenamiento, retención controlada y trazabilidad, conforme a la definición del Artículo 3.

6.5 Principio de cierre

En todos los casos, el uso de IAG por parte de evaluadores tendrá carácter asistencial, regulado e instrumental, y quedará subordinado a la confidencialidad del manuscrito y a la decisión humana final sobre el dictamen y la recomendación editorial.

Artículo 7. Uso de inteligencia artificial generativa por parte del equipo editorial

7.1 Responsabilidad del equipo editorial

Las personas integrantes del equipo editorial son plenamente responsables de las actuaciones y decisiones adoptadas en el proceso editorial. El uso de herramientas de inteligencia artificial generativa solo podrá admitirse como asistencia instrumental bajo control crítico de la persona editora y nunca como sustitución de su decisión profesional.

7.2 Confidencialidad como condición central

Todo manuscrito inédito tratado en el proceso editorial tiene carácter confidencial. Esta condición determina el marco dentro del cual cualquier uso de IAG resulta admisible: cuando la herramienta se utilice sobre manuscritos inéditos o partes sustantivas de ellos, solo podrá hacerse en herramientas que reúnan las condiciones de herramienta autorizada definidas en el Artículo 3. En ningún caso la intervención de la IAG alterará el deber de reserva que recae sobre el equipo editorial ni la responsabilidad humana por la admisión, derivación, solicitud de correcciones, aceptación o rechazo de los manuscritos.

7.3 Uso aceptable e inaceptable

La determinación de lo que constituye uso aceptable e inaceptable de IAG por parte del equipo editorial se rige por los principios establecidos en el Artículo 2. En particular, será aceptable el uso iterativo y crítico bajo supervisión humana permanente, y no será aceptable la delegación sin revisión suficiente de la decisión editorial. Toda intervención de la IAG tendrá carácter auxiliar y no eximirá a la persona editora de revisar, validar y asumir como propias las actuaciones y decisiones adoptadas en el proceso.

7.4 Cuadro de actividades y condiciones de uso

El cuadro siguiente establece la correspondencia entre las actividades propias del proceso editorial y las formas y condiciones de asistencia con IAG. Tiene carácter interpretativo y debe leerse de conformidad con los principios del Artículo 2 y las condiciones de confidencialidad del presente artículo.

Actividad editorialAsistencia con IAGCondiciones de uso
Organización del flujo editorialPriorizar tareas, ordenar etapas, generar cronogramas, listas de control y secuencias de trabajo.Herramienta autorizada (ver nota). Decisión final humana.
Control formal de presentaciónVerificar estructura, extensión, cumplimiento de normas, metadatos, referencias o requisitos de envío.La verificación automatizada sirve de apoyo; la validación final corresponde al editor.
Lectura preliminar del manuscritoResumir contenidos, identificar tema, estructura, aportes declarados o posibles problemas formales y metodológicos.Herramienta autorizada (ver nota). Decisión final humana.
Preclasificación editorialProponer criterios de encuadre temático, adecuación a la revista o derivación a sección/evaluadores.La clasificación sugerida no reemplaza la decisión editorial humana.
Redacción de comunicacionesElaborar borradores de correos, notas de requerimiento, pedidos de ajustes o comunicaciones a autores y revisores.El editor revisa, adapta y asume la versión enviada.
Síntesis de evaluacionesOrdenar observaciones de revisores, resumir puntos convergentes y divergentes o preparar insumos para la decisión editorial.La síntesis no sustituye la lectura de los dictámenes ni la valoración editorial propia.
Comparación de versionesDetectar cambios entre envíos sucesivos y verificar atención de observaciones previas.La suficiencia de los cambios debe ser juzgada por el editor.
Redacción de decisiones editorialesProducir borradores de decisiones, fundamentos o comunicaciones de aceptación, revisión o rechazo.La decisión y su fundamentación final son siempre humanas, expresas e indelegables.
Corrección de estilo editorialMejorar claridad, tono, coherencia, traducción o cortesía de textos editoriales generados por personas.Uso auxiliar de reformulación; supervisión humana obligatoria.
Tratamiento de manuscritos inéditosUtilizar IAG sobre manuscritos, anexos, tablas, figuras o datos no publicados.Herramienta autorizada (ver nota). Decisión final humana.
Apoyo en redacción y explicitación de seccionesAnalizar el manuscrito para identificar y ayudar a redactar secciones como objetivos del trabajo, metodología, problema de investigación, aportes o conclusiones, a partir de información ya presente en el texto.Herramienta autorizada (ver nota). La redacción final se acuerda y valida con los autores como contenido propio del manuscrito.

Nota: cuando la actividad implique el tratamiento de manuscritos inéditos o partes de ellos, rigen siempre las condiciones de herramienta autorizada: cifrado en tránsito y en reposo, no entrenamiento, retención controlada y trazabilidad, conforme a la definición del Artículo 3.

7.5 Principio de cierre

En todos los casos, el uso de IAG por parte del equipo editorial tendrá carácter asistencial, regulado e instrumental, y quedará subordinado a la confidencialidad del manuscrito y a la decisión humana final sobre todas las actuaciones del proceso editorial.

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